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   Ministerio de Fomento

UNAS REGLAS BÁSICAS PARA EVITAR LA CONTAMINACIÓN DEL MAR

 

¡Un día malogrado!

Un remate ideal para una apacible singladura es fondear en una tranquila cala y disponernos para un refrescante baño, pero en ocasiones nuestros propósitos se ven frustrados por que el lugar elegido tiene sus aguas contaminadas por residuos de las sentinas y los restos de comida arrojados al mar por algún navegante poco cuidadoso.

¡NUESTROS PROYECTOS HAN NAUFRAGADO!

Hay que volver a virar el ancla y buscar otro sitio más limpio, pero... ¡nuestro rincón favorito ya no es lo que era! ¿Qué le hubiera costado al que nos precedió tomar unas sencillas precauciones para evitarlo?

¿Qué podemos hacer con los residuos de nuestro yate?

En ocasiones la solución no parece sencilla, ¿cómo podemos deshacernos de esa lata de aceite del motor de nuestra embarcación?, ¿cómo dejar limpia la sentina del barco, eliminando ese molesto olor que da la mezcla de combustible, agua y aceite, sin tener que vaciarla en el mar?, ¿dónde dejar esa bolsa con los restos de la última comida?

El propósito de estos consejos es darle una orientación práctica sobre la forma de deshacerse de los desechos que se generan a bordo sin contaminar el mar.

¿Cuál es la solución más adecuada?

Aunque queramos evitar arrojar los residuos al mar, cuando nuestra embarcación está navegando el problema surge a la hora de disponer de un lugar a bordo para poder depositar los residuos hasta la llegado a puerto donde se entregarán a una INSTALACIÓN DE RECEPCIÓN AUTORIZADA.

Cuando se trata de basura sólida siempre podemos guardarla en una bolsa que cabe en cualquier rincón del barco, pero.... ¿y el agua de sentina?, qué podemos hacer con ella si no queremos tirarla al mar?, puesto que en la mayoría de los casos los embarcaciones no disponen de tanques adecuados parca ello.

A veces, como en este caso, lo situación puede resolverse de una manera sencilla y barata mediante la utilización de un simple bidón de plástico y un par de metros de manguera conectada a la bomba de achique. A la larga el método de achicar la sentina a un bidón es un tanto engorroso, por lo que es más cómodo contar a bordo con un sistema fijo de recogida de agua de sentinas y posterior descarga a tierra.

Si Vd. es "un manitas", puede adaptar a su embarcación un sistema de achique, un tanque de residuos y una descarga a tierra, para lo que sólo es preciso contar con unos metros de manguera flexible, un bidón de plástico, unos racores de conexión, cuatro pequeñas válvulas y una bomba eléctrica o manual.

¿Cómo funciona el invento?

¡Muy sencillo!

Abriendo las válvulas 1 y 2 y cerrando 3 y 4, con la bomba aspiramos de la sentina y descargamos al bidón.
Abriendo los válvulas 3 y 4 y cerrando 1 y 2, con la bomba aspiramos del bidón y descargamos a tierra.

Si su afición al "bricolage" es notable, puede completar el circuito incorporándole un flotador y un interruptor, de tal forma que la bomba se ponga en funcionamiento automáticamente cuando el agua de la sentina alcance cierto nivel.

Si toma estas pequeños precauciones podrá sentirse orgulloso, ¡VD. NO CONTAMINA EL MAR... !

¿A qué nos obliga la legislación actual?

El Real Decreto 438/1994, de 11 de marzo, publicado en el Boletín Oficial del Estado de fecha 8 de abril de 1994, dictado en desarrollo del Anexo I del Convenio Internacional MARPOL 73/78, establece que todos los buques, cualquiera que sea su clase deben entregar sus residuos oleosos en INSTALACIONES DE RECEPCIÓN AUTORIZADAS, regulando también como han de ser dichas instalaciones.

Por otro lado, la ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante determina la prohibición de descarga de cualquier clase de residuos en el dominio público portuario y establece un régimen de sanciones para cualquier descarga contaminante desde buques en aguas bajo jurisdicción del Estado Español.

¿Dónde hay instalaciones de recepción?

Actualmente existen distintos puertos que disponen del Servicio Marpol a los buques, que forman parte de un PROGRAMA SECTORIAL DE INSTALACIONES DE RECEPCIÓN cuyo objetivo es dotar a todos los puertos comerciales, pesqueros y deportivos de este necesario servicio; en la actualidad existe Servicio Marpol en 39 puertos del litoral peninsular e insular.

Las instalaciones Marpol de recepción

Son factorías cuya actividad es la recepción y almacenaje de residuos, sometiéndolos a tratamientos específicos con el fin de recuperar los residuos aprovechables, destruyendo aquéllos que no lo son, bajo unos controles exhaustivos.

Existen distintos tipos de instalaciones de recepción según el tipo de residuos que traten, por tanto hay instalaciones que reciben exclusivamente aceites usados y aguas oleosas, otras reciben basuras sólidas y otras cuya actividad se centra en la recepción y tratamiento de aguas contaminadas procedentes de los servicios sanitarios de los buques.

¿Hay garantías de que a pesar de todas nuestras preocupaciones no se hagan vertidos al mar sin ningún control?

Las Instalaciones Marpol de recepción han de someterse al control de cuatro organismos que velan por que el servicio prestado y el destino de los residuos sea el adecuado.

La Dirección General de la Marina Mercante, a través de las Capitanías Marítimas, comprueba en cada puerto que la instalación disponga de los medios de recogida adecuados y que el servicio se preste a los buques con profesionalidad, rapidez y limpieza.

Las Autoridades Medioambientales de cada Comunidad Autónoma vigilan que los residuos recogidos se transporten con garantías suficientes y que reciban el adecuado tratamiento hasta su reciclado o destrucción.

Las Autoridades Portuarias de cada puerto donde la instalación Marpol preste su servicio, establecen un "pliego de condiciones técnicas" que dicha instalación ha de cumplir para poder ejercer su actividad en el dominio público portuario.

Finalmente, la Comisión Marpol, creada mediante el Real Decreto 438/94 antes mencionado, es el órgano coordinador entre las distintas Administraciones Públicas y dictamina si la instalación cumple con los fines del Programa Sectorial de Instalaciones de Recepción.

¿En qué condiciones debe prestarse el servicio?

La recogida de residuos oleosos de los buques deberá realizarse en todos los casos directamente desde el buque a tanques de almacenamiento, a embarcaciones algibes o a vehículos cisterna mediante manguera, bomba de aspiración y a través de la "Conexión Universal a Tierra" en los casos de buques que lleven este dispositivo por exigencias del Convenio "MARPOL", no admiténdose en ningún caso la recogida en bidones u otra clase de recipientes.

Debe respetarse siempre la condición básica que establece el Convenio, es decir, que no se produzcan demoras significativas a los buques, por lo que la distancia máxima entre el medio de recogida y el puerto debe ser tal que el buque pueda disponer de ese servicio mientras realiza sus operaciones en el muelle, no siendo admisible, salvo caso de fuerza mayor, que el servcio se preste una vez finalizadas las operaciones comerciales.